La declaración de la unión marital, de hecho, es el reconocimiento legal del derecho que tienen dos personas de vivir juntas, en una comunidad de vida permanente y singular, con todas las garantías, derechos y deberes que la norma y la jurisprudencia les atribuye. El reconocimiento de la unión marital de hecho y la posterior constitución de la sociedad patrimonial, es válido también para personas del mismo sexo y constituye un fundamento de igualdad y respeto por las decisiones de los demás, como lo reconoció la Honorable Corte Constitucional en C-098 de 1.996, C-985 de 2.005, C-075 de 2.007, C-029 de 2009, al aplicar a la norma que regula la unión marital de hecho, los derechos fundamentales de las personas. Forma para declarar la existencia de la unión marital de hecho entre compañeros: Por escritura pública ante notario por mutuo … Leer más
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