El peculado es un delito que consiste en la apropiación indebida o el uso ilícito de los bienes del Estado o de entidades privadas que se encuentren bajo la administración o custodia de un servidor público, en razón de sus funciones. El peculado atenta contra el patrimonio público y la confianza ciudadana en las instituciones, por lo que es sancionado por el Código Penal colombiano. El peculado puede presentarse de diversas formas, según la conducta del servidor público y el tipo de bien afectado. Así, el Código Penal colombiano establece los siguientes tipos de peculado: Peculado por apropiación: Es el que comete el servidor público que se apropia para sí mismo o para un tercero de los bienes del Estado o de entidades privadas que tenga a su cargo por razón de sus funciones. (artículo 133). Peculado por uso: Es … Leer más
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo recordó los requisitos para… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2556-2024 recordó las diferencias entre un Contrato de… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2751-2024 se pronunció sobre el contrato de corretaje… Leer más
El tribunal Superior de Buga, Recordó sobre el pago de honorarios profesionales de abogado. Al… Leer más
La Honorable Corte Constitucional recordó la forma como se debe hacer la valoración, la prueba… Leer más
El Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo, recordó sobre la prueba trasladada en el… Leer más
Esta web usa cookies.