La ilustre Corte Suprema de Justicia, en sentencia SL1378-2022, precisó que el empleador debe responder por los aportes a pensión aun cuando no haya efectuado los descuentos al trabajador. Esa corporación conoció del recurso de casación promovido en contra de la sentencia de segunda instancia, por la parte accionada de un proceso ordinario laboral cuya finalidad era el pago de los aportes a pensión de un trabajador para hacer efectivo el reconocimiento de una pensión de vejez. Superadas las etapas procesales correspondientes, el juzgador de primer grado resolvió acceder parcialmente a las pretensiones de la demanda, en cuanto a ordenar a la demandada el pago del cálculo actuarial en favor de la parte actora; decisión que fue apelada y al conocer de ella el Tribunal, este confirmó la sentencia impugnada. Inconforme con esa providencia, la accionada formuló recurso de casación. … Leer más
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