La honorable Corte Suprema de Justicia en sentencia SP050-2023 recordó el concepto de fraude procesal, los elementos normativos que lo estructuran, el bien jurídico protegido y la conducta típica. El delito de fraude procesal se encuentra descrito en el artículo 453 del Código Penal así: “El que por cualquier medio fraudulento induzca en error a un servidor público para obtener sentencia, resolución o acto administrativo contrario a la ley, incurrirá en prisión de seis (6) a doce (12) años, multa de doscientos (200) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco (5) a ocho (8) años.” Según la corte: “Para la configuración del punible descrito, el sujeto activo debe desplegar una conducta dolosa que induzca en error, valiéndose de un instrumento engañoso apto para provocar en el servidor … Leer más
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