La corte Suprema de Justicia en Sentencia STP649/2017 ordenó tutelar los derechos a un ciudadano, al debido proceso y a la defensa, teniendo en cuenta que la entidad de tránsito no realizó la notificación en debida forma, por lo anterior se ordenó a la Secretaría de Movilidad que notifique a la accionante de los comparendos que le fueron impuestos, conforme a la norma vigente. Síntesis del Caso El accionante adujo violación al debido proceso y a la defensa, dado que la entidad de tránsito envió notificación a una dirección que aparece como “errada” y procedió a realizar la notificación por aviso. En palabras de la Corte: “No entiende la Corte el motivo por el cual no se pudo notificar a la accionante de las infracciones cometidas, pues, aunque en el 2014 fue devuelta la primera comunicación con la observación “dirección … Leer más
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