La corte Suprema de Justicia en Sentencia STP649/2017 ordenó tutelar los derechos a un ciudadano, al debido proceso y a la defensa, teniendo en cuenta que la entidad de tránsito no realizó la notificación en debida forma, por lo anterior se ordenó a la Secretaría de Movilidad que notifique a la accionante de los comparendos que le fueron impuestos, conforme a la norma vigente. Síntesis del Caso El accionante adujo violación al debido proceso y a la defensa, dado que la entidad de tránsito envió notificación a una dirección que aparece como “errada” y procedió a realizar la notificación por aviso. En palabras de la Corte: “No entiende la Corte el motivo por el cual no se pudo notificar a la accionante de las infracciones cometidas, pues, aunque en el 2014 fue devuelta la primera comunicación con la observación “dirección … Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia AP264-2024 recordó la naturaleza del concepto de extradición… Leer más
El Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo recordó las características de la violencia intrafamiliar… Leer más
El Tribunal Superior de Ibagué, se pronunció sobre las labores agrícolas en finca y condeno… Leer más
El Tribunal superior de Manizales, recordó sobre las pruebas compartidas, específicamente sobre los testigos comunes… Leer más
El Tribunal Superior de Antioquia confirmó parcialmente la sentencia del Juzgado Civil Laboral del Circuito… Leer más
¿Qué es el aumento de cuota alimentaria? Es un proceso legal que busca modificar la… Leer más
Esta web usa cookies.