El Consejo de Estado en sentencia No. 1999-00132-01, resolvió el siguiente problema jurídico: ¿Cuándo el Estado es responsable por actos terroristas contra instituciones representativas a título de falla del servicio?. Esa corporación conoció del recurso de apelación formulado contra la sentencia de primera instancia del medio de control de reparación directa, que accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda. Como fundamento fáctico sé que adujo un grupo armado al margen de la ley, detonó un carro bomba cerca de una estación de policía en el departamento Antioquia. Los demandantes alegaron falla en el servicio y que no tenían el deber de soportar el atentado terrorista del grupo guerrillero. Así las cosas, el Consejo de Estado precisó los eventos de procedencia de responsabilidad patrimonial del Estado por actos terroristas, así: El Estado es responsable patrimonialmente por actos terroristas dirigidos contra … Leer más
La Honorable Corte Suprema de Justicia en sentencia STC10279-2024 recordó que enviar el auto admisorio… Leer más
El Tribunal Superior de Buga resolvió la duda sobre si ¿al aprobar los inventarios y… Leer más
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo recordó los requisitos para… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2556-2024 recordó las diferencias entre un Contrato de… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2751-2024 se pronunció sobre el contrato de corretaje… Leer más
El tribunal Superior de Buga, Recordó sobre el pago de honorarios profesionales de abogado. Al… Leer más
Esta web usa cookies.