El ilustre Consejo de Estado, en sentencia 1999-00344-01, condenó al Estado por culpa in vigilando de tercero que manipulando arma de fuego, causó la muerte de su compañero. Esa corporación conoció del recurso de apelación contra la sentencia de primer grado del Tribunal Administrativo de Bolívar dentro del proceso de reparación directa, que accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda.
Como fundamento fáctico se adujo que, se solicitó la declaración de responsabilidad de la entidad demandada por la muerte en servicio de un ciudadano, producto del descuido de un compañero de la Policía Nacional, quien dejó caer su arma que, al contacto con el suelo, se accionó y le ocasionó la muerte.
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