El honorable Consejo de Estado, en sentencia 2010-00224-01, dispuso condenar al Ejército Nacional por caso de falso positivo en Ocaña Norte de Santander. Ello se dio en el trámite de segunda instancia del medio de control de reparación directa, promovido por los familiares de la víctima, quienes aducen que aquella era un campesino que en 2008 partió de su casa por la promesa de trabajo en una finca de Río de Oro Cesar, y tiempo después este fue presentado por el Ejército como miembro del Frente 33 de la guerrilla de las Farc, muerto en combate por las tropas del Batallón de Infantería No. 15 de Santander.
Así las cosas, esa corporación estudió la responsabilidad del ente demandado, bajo el título de imputación de la falla en el servicio, por la muerte de un civil, quien fue presentado como guerrillero muerto en combate con fundamento en prueba indiciaria. En este sentido, al encontrar acreditado el daño antijurídico, el Consejo de Estado examinó la atribución de este al Ejército Nacional, así:
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