El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, mediante sentencia de radicado No. 2011-00042-01, fijó los requisitos para que la evidencia constituya prueba de referencia. Ello se dio en el trámite de un recurso de apelación contra la sentencia de primer grado de un proceso penal instaurado en contra del procesado por el delito de actos sexuales abusivos con menor de catorce años en concurso homogéneo.
Como fundamento fáctico, se adujo que el procesado, aprovechando su proximidad a una institución educativa, realizó tocamientos con la mano y con su miembro viril en una menor de 12 años y en presencia de otra de 8 años de edad, ambas estudiantes del plantel educativo. Surtidos los trámites correspondientes, él a quo resolvió absolver al procesado, teniendo como base la imposibilidad de fundamentar una sentencia en pruebas de referencia, dado que las menores víctimas no comparecieron al juicio oral.
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