El distinguido Consejo de Estado mediante sentencia No. 2013-00349-01, reiteró que la prescripción de la acción disciplinaria se computa hasta la notificación del fallo sancionatorio principal. Esa corporación conoció del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho promovido con la finalidad de que se revocaran unos actos de tipo disciplinario que sancionaron al demandante con destitución e inhabilidad general para el ejercicio de cargos y funciones públicas por un término de doce años, y declararon improcedente la solicitud de declaratoria de prescripción de la acción. Surtidos los trámites correspondientes, él a quo resolvió acceder parcialmente a las pretensiones de la demanda, al encontrar probado el cargo referente a la ocurrencia de la prescripción de la acción, decisión que fue impugnada y puesta en conocimiento del Consejo de Estado. Así las cosas, dicha entidad judicial formuló como problema jurídico … Leer más
El Tribunal Superior de Buga resolvió la duda sobre si ¿al aprobar los inventarios y… Leer más
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo recordó los requisitos para… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2556-2024 recordó las diferencias entre un Contrato de… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2751-2024 se pronunció sobre el contrato de corretaje… Leer más
El tribunal Superior de Buga, Recordó sobre el pago de honorarios profesionales de abogado. Al… Leer más
La Honorable Corte Constitucional recordó la forma como se debe hacer la valoración, la prueba… Leer más
Esta web usa cookies.