El insigne Consejo de Estado, en sentencia 2013-01143-01, precisó las reglas de unificación para relaciones laborales encubiertas con contratos estatales de prestación de servicios. Esa corporación conoció del caso de una abogada que prestó sus servicios desde el año 2005 hasta 2011, vinculada a través de múltiples y sucesivos contratos de prestación de servicios profesionales, demandó solicitando el reconocimiento de una relación laboral y el pago de las correspondientes prestaciones sociales. El juzgador de primera instancia declaró no probadas las excepciones de falta de causa para pedir, mala fe de la demandante y buena fe de las demandadas, inexistencia de la obligación y legalidad de los actos administrativos, y accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda. Decisión que fue apelada de consuno por ambas partes. Así las cosas, el Consejo de Estado consideró necesario unificar su jurisprudencia en los … Leer más
La Honorable Corte Suprema de Justicia en sentencia STC10279-2024 recordó que enviar el auto admisorio… Leer más
El Tribunal Superior de Buga resolvió la duda sobre si ¿al aprobar los inventarios y… Leer más
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo recordó los requisitos para… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2556-2024 recordó las diferencias entre un Contrato de… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2751-2024 se pronunció sobre el contrato de corretaje… Leer más
El tribunal Superior de Buga, Recordó sobre el pago de honorarios profesionales de abogado. Al… Leer más
Esta web usa cookies.