El Tribunal Administrativo del Caldas mediante providencia No. 2014-00164-02, examinó la responsabilidad del Estado en casos de falta de mantenimiento o señalización de vías y precisó los parámetros de importancia. Esa corporación conoció del recurso de apelación presentado en contra de la sentencia de primer grado de un medio de control de reparación directa promovido con la finalidad de que se declarara a las accionadas responsables de las lesiones sufridas por la demandante en un accidente de tránsito ocasionado presuntamente por el estado de la vía; por lo que solicitaron el reconocimiento y pago de los perjuicios causados.
Mediante sentencia de primera instancia el a quo resolvió negar las pretensiones de la demanda al no encontrar acreditados los elementos de la responsabilidad, decisión que fue recurrida en apelación y que conoció el Tribunal, quién formuló como problema jurídico determinar si le asistía responsabilidad a las accionadas por el daño sufrido por la demandante.
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