El Tribunal Administrativo de Antioquia, en sentencia 2014-01291-01, consignó los elementos del daño antijurídico y la imputación de este en la responsabilidad del Estado. Ello se dio en el trámite del recurso de apelación contra la sentencia de primer grado que desestimó las pretensiones de la demanda, las cuales iban dirigidas a obtener el resarcimiento de los perjuicios causados con la muerte de una persona a manos de un integrante de un grupo delincuencial.
En ese sentido, la sala cuarta de oralidad de esa corporación consideró que los elementos cuya acreditación resulta necesaria para declarar la responsabilidad del Estado son: (i) un daño o lesión de naturaleza patrimonial o extrapatrimonial, cierto y determinado o determinable, que se inflige a uno o a varios individuos, sobre lo cual expuso que:
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