El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Boyacá, mediante providencia No. 2015-00182-01, fijó las subreglas para determinar la existencia de una relación laboral encubierta. Esa corporación conoció del recurso de apelación presentado en contra de la sentencia de primer grado de un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, promovido con la finalidad de que se declarara la nulidad de un acto administrativo por el cual se negó el reconocimiento y pago de acreencias laborales derivadas de una relación laboral presuntamente encubierta bajo contrato de prestación de servicios.
Superadas las etapas procesales correspondientes, el juzgador de primera instancia resolvió declarar no probadas las excepciones propuestas por la parte demandada, y en consecuencia, declaró la nulidad del acto en cuestión, reconoció la existencia de la relación laboral y ordenó a título de restablecimiento pagar a la demandante las prestaciones sociales derivadas de aquella. Contra esa decisión la demandada formuló recurso de apelación que conoció el Tribunal.
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