El Tribunal Administrativo de Sucre mediante providencia No. 2015-00218-02, fijó los requisitos para que prospere el hecho de un tercero como eximente de responsabilidad estatal. Esa corporación conoció del recurso de apelación presentado en contra de la sentencia de primera instancia de un medio de control de reparación directa, mediante el cual se solicitó declarar a los accionados responsables por el accidente de tránsito que cobró la vida del familiar de los demandantes; y el reconocimiento y pago de los perjuicios irrogados.
Dentro de la oportunidad correspondiente, los demandados formularon las excepciones de falta de legitimación en la causa por pasiva y hecho de un tercero, por lo que, superadas las etapas procesales respectivas, el juzgador profirió sentencia mediante la cual declaró probadas las excepciones propuestas, por lo que negó las pretensiones de la demanda. La parte actora de la litis, interpuso recurso de apelación.
🔒 Acceso restringido
Para leer el artículo completo y descargar la providencia, necesitas estar suscrito.
¿Aún no tienes membresía? Suscríbete ahora y accede a todo el contenido, incluyendo modelos, libros, esquemas, resúmenes jurídicos y jurisprudencia.
Descubre más desde GMH ABOGADOS
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.