La sala primera de decisión del Tribunal Administrativo de Risaralda, en sentencia 2015-00330-02, desarrolló la teoría del enriquecimiento sin causa, por prestación del servicio en ausencia de contrato estatal. Esa corporación conoció del medio de control de reparación directa promovido por una empresa de carácter privado con la finalidad de que se ordenara al demandado efectuar el pago de una cuenta de cobro derivada de la prestación de un servicio a la entidad pública sin que mediara contrato estatal.
El Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Pereira, negó las súplicas de la demanda, decisión que fue recurrida en apelación por la parte demandada. Así las cosas, esa corporación realizó un estudio de la teoría del enriquecimiento son causa y argumentó que es un principio general de derecho que prohíbe incrementar el patrimonio sin razón justificada; para lo cual, la actio in rem verso es la figura procesal a través de la cual se maneja la pretensión de reclamación de los efectos de la vulneración de dicho principio general.
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