El Tribunal Administrativo de Cundinamarca en sentencia acumulada al proceso primigenio No. 2016-00028-02, desarrolló la pérdida de la oportunidad como daño autónomo y estableció sus requisitos de procedencia. Ello se dio en el trámite del medio de control de reparación directa promovido por los familiares de unas personas fallecidas a manos de un hombre contra el cual las víctimas habían formulado denuncia por violencia intrafamiliar. Surtidos los trámites correspondientes, el juzgador de primera instancia accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda por la pérdida de oportunidad de vida de las víctimas respecto de la Policía Nacional, decisión que fue recurrida en apelación por las ambas partes de la litis. Ante escenario, el Tribunal consideró necesario analizar la pérdida de oportunidad y sus requisitos de procedencia, respecto de lo cual enfatizó: La oportunidad perdida debe contar con un grado de … Leer más
El Tribunal Superior de Buga resolvió la duda sobre si ¿al aprobar los inventarios y… Leer más
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo recordó los requisitos para… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2556-2024 recordó las diferencias entre un Contrato de… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2751-2024 se pronunció sobre el contrato de corretaje… Leer más
El tribunal Superior de Buga, Recordó sobre el pago de honorarios profesionales de abogado. Al… Leer más
La Honorable Corte Constitucional recordó la forma como se debe hacer la valoración, la prueba… Leer más
Esta web usa cookies.