2016-00448-01: Mecanismos de defensa de los usuarios en contratos de servicios públicos domiciliarios o de condiciones uniformes.

La sala cuarta de oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia, en sentencia 2016-00448-01, estableció los mecanismos de defensa de los usuarios en contratos de servicios públicos domiciliarios o de condiciones uniformes, de acuerdo con lo desarrollado por la jurisprudencia del Consejo de Estado y la Ley 142 de 1994.

Ello se dio en el marco del recurso de apelación contra la sentencia de primer grado de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho en contra de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y la sociedad Postobon S.A., con el objetivo de declarar la nulidad de una resolución que ordenó la reliquidación de una factura por un período de servicio.

Así las cosas, esa corporación, al examinar los contratos de prestación de servicios públicos domiciliarios o de condiciones uniformes, rememoró el régimen de defensa de los usuarios en sede de la empresa consignado en el capítulo VII del citado Título VIII de la Ley 142 de 1994, así:

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