La sala penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga, mediante providencia No. 2016-00520, examinó cuándo se concreta la creación de un riesgo no permitido y cuándo no, según la teoría de la imputación objetiva. Esa corporación conoció del recurso de apelación presentado en contra de la sentencia de primer grado de un proceso penal, que lo condenó en calidad de autor responsable del delito de lesiones personales culposas causadas aparte de un accidente de tránsito.
Superadas las etapas procesales correspondientes, él a quo mediante sentencia encontró acreditada la responsabilidad del procesado en la comisión del delito en mención, dada su falta al deber objetivo de cuidado y la violación a las normas de tránsito, razón por la cual lo condenó a la pena en 24 meses de prisión. Contra esa providencia, el defensor del sindicado formuló recurso de apelación en el que adujo indebida valoración probatoria en relación con el informe de accidente de tránsito, el testimonio del agente de tránsito, y la confesión de la víctima en tanto se movilizaba a una velocidad superior a la permitida.
🔒 Acceso restringido
Para leer el artículo completo y descargar la providencia, necesitas estar suscrito.
¿Aún no tienes membresía? Suscríbete ahora y accede a todo el contenido, incluyendo modelos, libros, esquemas, resúmenes jurídicos y jurisprudencia.
Descubre más desde GMH ABOGADOS
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.