El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga, en sentencia 2017-00078-01, estudió el tipo penal de hurto y determinó los ingredientes normativos que lo componen. Esa corporación conoció del recurso de apelación propuesto por la Fiscalía General de la Nación en contra de la sentencia de primera instancia de un proceso penal, que absolvió a la procesada del delito de hurto agravado.
Como fundamento fáctico se adujo que la procesada fungía como auxiliar del centro de costos de la sociedad denunciante, cuando realizada una auditoria a esa entidad, se dictaminó un faltante de 14 millones de pesos, dineros de los que era responsable la procesada. Así las cosas, el Tribunal, en el marco del recurso de apelación propuesto, examinó el tipo penal de hurto y los elementos normativos que lo componen en los siguientes términos:
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