Categorías: Actualidad Juridica

2017-00277-00: Criterios para identificar una relación laboral encubierta por contratos de prestación de servicios.

El Tribunal Administrativo de Caquetá mediante sentencia No. 2017-00277-00, reiteró la sentencia de unificación sobre los criterios para identificar una relación laboral encubierta por contratos de prestación de servicios. Esa corporación conoció en sede de primera instancia, del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho formulado con la finalidad de que se declararan nulos los actos fictos negativos mediante los cuales el accionado se opuso al reconocimiento de una relación laboral y al pago de los emolumentos de orden laboral derivados de aquella.

Ante ese panorama, esa corporación reiteró lo consignado por el Consejo de Estado en cuanto a los criterios para identificar una relación laboral encubierta por contratos de prestación de servicios, así:


🔒 Acceso restringido

Para leer el artículo completo y descargar la providencia, necesitas estar suscrito.
¿Aún no tienes membresía? Suscríbete ahora y accede a todo el contenido, incluyendo modelos, libros, esquemas, resúmenes jurídicos y jurisprudencia.


Suscríbete

GMH ABOGADOS

Entradas recientes

Prescripción de impuestos (predial y vehicular)

Infografía: Prescripción de Impuestos en Colombia Prescripción de Impuestos cuándo se extingue la obligación de… Leer más

2 días hace

Liquidación del crédito 446 CGP

      Liquidación del Crédito Un Análisis Visual del Artículo 446 del Código General… Leer más

2 días hace

<h1 style="color: #1a73e8; font-size: 2.3rem; margin: 1rem 0 0.5rem;">🏛️ Contrato realidad en entidades públicas: Consejo de Estado exige pruebas concretas</h1>

🏛️ Derecho Administrativo Consejo de Estado · Rad. 17001-23-33-000-2018-00396-01 Ponente: Juan Camilo Morales Trujillo ·… Leer más

5 días hace

Anulación y/o Cancelación del Registro Civil de Nacimiento.

      Duplicidad del Registro Civil en Colombia 1. El Problema: ¿Qué es la… Leer más

1 semana hace

Esta web usa cookies.