El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, en sentencia 2017-80008-02, señaló que el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, es un tipo penal de mera conducta y al mismo tiempo, de peligro. Esa corporación conoció del recurso de apelación contra la sentencia de instancia de un juzgado penal de Melgar – Tolima, dentro del proceso penal que se cursa en contra de la recurrente por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, en la modalidad de conservar. La sentencia recurrida que, dio por acreditada la existencia y materialidad de la conducta punible que afecta la salud pública, fue señalada de tener probado, sin estarlo, que las sustancias halladas en la residencia de la procesada correspondieran a estupefacientes y si tales elementos tuvieran fines de distribución o venta, por lo que el Tribunal centró el estudio … Leer más
El contrato de distribución en la jurisdicción colombiana es un acuerdo comercial mediante el cual… Leer más
El contrato de consignación es un acuerdo comercial regulado por el Código de Comercio, específicamente… Leer más
MODULO DERECHO DE SEGUROS El estudio del derecho de seguros o lo que sería más… Leer más
VALORACIÓN DE LA PRUEBA EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL Uno de los tratadistas más importantes… Leer más
MEDIOS PROBATORIOS Y VALORACIÓN DE LA PRUEBA EN EL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO En toda democracia… Leer más
MÓDULO DE DERECHO ELECTORAL PARA LA ESPECIALIDAD EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO El artículo 1º de… Leer más
Esta web usa cookies.