El Tribunal Contencioso Administrativo de Boyacá en sentencia No. 2018-00045-01, estudió el daño como medida de resarcimiento y precisó sus características. Esa corporación conoció en sede de apelación del medio de control de reparación directa promovido con la finalidad de que se declarará patrimonialmente responsables a los demandados con ocasión de la falla en la prestación del servicio médico al suministrarle un medicamento erróneo a un menor de edad, familiar de los demandantes, que presentaba neumonía.
Surtidas las etapas procesales correspondientes, mediante sentencia de primera instancia se resolvió declarar no probadas las excepciones propuestas y en su lugar, se declaró a uno de los demandados patrimonialmente responsable de los perjuicios causados a los demandantes por la falla en la prestación del servicio médico. Contra esta decisión fue propuesto el recurso de apelación.
🔒 Acceso restringido
Para leer el artículo completo y descargar la providencia, necesitas estar suscrito.
¿Aún no tienes membresía? Suscríbete ahora y accede a todo el contenido, incluyendo modelos, libros, esquemas, resúmenes jurídicos y jurisprudencia.
Descubre más desde GMH ABOGADOS
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.