El Tribunal Superior de Ibagué, mediante sentencia de radicado No. 2018-00236-00, desarrolló la culpa exclusiva de la víctima como causal exonerativa de responsabilidad. Esa corporación desató el recurso de apelación presentando en contra de la sentencia de primer grado de un proceso de responsabilidad promovido por los familiares de la víctima fatal de un accidente de tránsito con la empresa de transporte público y el conductor del vehículo, a fin de resarcir los perjuicios causados.
Surtidos los trámites correspondientes, el juzgador de primera instancia declaró civil y extracontractualmente responsables a los demandados por el daño extracontractual causado a los demandantes. Decisión que fue recurrida en apelación por las partes de la litis, aduciendo, por un lado, la indebida valoración probatoria, y por el otro, la negativa del juzgador de instancia a reconocer perjuicios en su modalidad de lucro cesante.
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