El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga, mediante providencia No. 2018-01634-01 estableció el valor probatorio de los testimonios de parientes y allegados del acusado en el proceso penal. Esa colegiatura conoció del recurso de apelación presentado en contra de la sentencia de primer grado de un proceso penal por el cual se investigó la responsabilidad del acusado en la comisión del delito de homicidio agravado.
La decisión impugnada resolvió condenar al investigado a una pena de prisión intramural y a la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, como autor de un delito de homicidio agravado. Contra esa decisión se formuló recurso de apelación argumentando, entre otras cosas, la indebida valoración probatoria de los testimonios rendidos por la suegra y novia del acusado.
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