El distinguido Consejo de Estado, mediante auto de unificación 2019-00075-01, fijó las reglas de competencia en procesos ejecutivos cuyo título sea una sentencia judicial o acta de conciliación. Ello se dio en el curso de un recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia de un proceso ejecutivo contractual, cuya finalidad era el pago de unas sumas de dinero reconocidas por conducto de una sentencia judicial.
Como fundamento fáctico se adujo, que el demandante interpuso demanda ejecutiva en contra de la Fiscalía General de la Nación, con el fin de que se ejecute el pago de la condena impuesta mediante sentencia, así como el embargo de las cuentas bancarias del demandado. El Tribunal Administrativo de Magdalena en auto libró mandamiento de pago y negó medida cautelar solicitada por el ejecutante. Inconforme con la decisión de no decretar el embargo, el demandante eleva recurso de apelación.
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