El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga mediante providencia No. 2020-00007-02, desarrolló el tema de nulidad Vs. simulación, y adujo que una misma declaración de voluntad puede adolecer ambos defectos. El Tribunal conoció del recurso de apelación instaurado en contra de la sentencia de primer grado de un proceso verbal de nulidad contractual por el cual se solicitó declarar la nulidad absoluta de una dación en pago de un inmueble, así como la restitución del inmueble con sus correspondientes frutos, el pago de las costas procesales y perjuicios causados.
El a quo consideró que en el negocio hubo una simple dación que carecía de insinuación, por lo que declaró su nulidad absoluta y condenó a la demandada y al convocado a restituir el bien y a pagar a la demandante los perjuicios irrogados, además de las costas procesales causadas en primera instancia. Contra esa decisión se formuló recurso de apelación que conoció el Tribunal.
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