El Tribunal Administrativo de Boyacá en providencia No. 2020-00122-01, estableció la naturaleza y alcance de las medidas cautelares en los procesos de defensa de intereses colectivos, al resolver un recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra un auto en el que se decretó la medida cautelar solicitada por la Procuradora Judicial 68 de Tunja y coadyuvada por la Defensoría del Pueblo.
Inconforme con la decisión adoptada, el apoderado judicial del demandado presentó recurso de reposición y de apelación en subsidio, solicitando se revoque esa decisión, indicando que la medida cautelar ordenada, resulta más gravosa en su cumplimiento respecto de la problemática planteada, solicitando se remitan copias a la Contraloría General de Boyacá y a la Contraloría General de la República para la verificación del gasto público que se ordena.
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