El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga, mediante providencia No. 2021-00101, señaló que si hay duda de que el patrón conocía del embarazo de la trabajadora, se presume el despido por esa razón. Esa corporación conoció en sede de consulta jurisdiccional del proceso ordinario laboral por el cual se solicitó declarar la existencia de una relación laboral, todos los emolumentos de orden laboral derivados de aquella, y el reconocimiento y pago de incapacidades por concepto de licencia de maternidad.
Así las cosas, el juzgador de instancia resolvió mediante sentencia denegar las pretensiones de la demanda, decisión que se sometió al grado jurisdiccional de consulta ante el Tribunal. Formulado el problema jurídico, esa corporación examinó la procedencia del pago de incapacidades por concepto de licencia de maternidad, cuya iniciación, adujo la demandante, se produjo antes de finalizar su contrato de trabajo.
🔒 Acceso restringido
Para leer el artículo completo y descargar la providencia, necesitas estar suscrito.
¿Aún no tienes membresía? Suscríbete ahora y accede a todo el contenido, incluyendo modelos, libros, esquemas, resúmenes jurídicos y jurisprudencia.
Descubre más desde GMH ABOGADOS
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.