El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín en sentencia 2021-00120-01, desarrolló el derecho a la personería jurídica de personas trans. Ello se dio en el marco de una acción de tutela promovida por un ciudadano a quien la Registraduría Nacional del Estado Civil negó su solicitud de modificación del ítem sexo en su cédula de ciudadanía, pese a que producto de una acción judicial anterior, un juez constitucional le ordenara la modificación de su registro civil de nacimiento en el sentido de precisar que el accionante es una persona trans.
El Juzgado Tercero Penal del Circuito para Adolescentes, con Funciones de Conocimiento de Medellín, conoció en primera instancia de la acción de tutela y mediante sentencia tuteló los derechos fundamentales alegados y ordenó a la accionada a incorporar la letra T (trans) en el componente sexo de la cédula de ciudadanía del accionante. Dicha decisión fue susceptible del recurso de apelación.
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