El Tribunal Administrativo de Caldas, en sentencia 2021-00166-00, precisó los requisitos de la conciliación extrajudicial en materia contencioso-administrativa. Ello se dio en el trámite de una solicitud de conciliación del Banco Agrario de Colombia por los saldos para la liquidación del contrato de gerencia integral para la administración y construcción de vivienda de interés social rural. Para lo cual esa corporación reiteró los requisitos de la conciliación extrajudicial en materia contenciosa a la luz de lo consignado por el Consejo de Estado al respecto: “(…) el acuerdo conciliatorio se someterá a los siguientes supuestos de aprobación: La debida representación de las personas que concilian. La capacidad o facultad que tengan los representantes o conciliadores para conciliar. La disponibilidad de los derechos económicos enunciados por las partes. Que no haya operado la caducidad de la acción. Que lo reconocido patrimonialmente esté … Leer más
El Tribunal Superior de Buga resolvió la duda sobre si ¿al aprobar los inventarios y… Leer más
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo recordó los requisitos para… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2556-2024 recordó las diferencias entre un Contrato de… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2751-2024 se pronunció sobre el contrato de corretaje… Leer más
El tribunal Superior de Buga, Recordó sobre el pago de honorarios profesionales de abogado. Al… Leer más
La Honorable Corte Constitucional recordó la forma como se debe hacer la valoración, la prueba… Leer más
Esta web usa cookies.