El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, mediante sentencia No. 2022-00031-01, dio respuesta al interrogante de ¿Cuáles son las excepciones de mérito procedentes en el proceso divisorio? Esa corporación conoció del recurso de apelación presentado contra la providencia de primer grado de un proceso divisorio, que decretó la división por venta del bien inmueble, dado que en el caso en concreto no se presentaron excepciones de mérito propias para ese tipo de procedimiento.
Inconforme con la decisión, la accionada presentó recurso de reposición y de apelación en subsidio, en el cual se solicitó al juzgado abstenerse de decretar la división por venta, hasta cuando no se resuelva el pleito en materia de alimentos que curso entre las partes. Así las cosas, el juzgado resolvió el recurso de reposición de manera desfavorable y concedió la alzada, por cuanto en el proceso divisorio únicamente se constituye como excepciones de mérito las precisadas en la sentencia C-284 de 2021.
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