El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, mediante sentencia No. 2022-01147-00, emitió fallo de tutela que ordena a los candidatos presidenciales realizar debate presidencial. El problema jurídico para resolver en esta ocasión consistió en determinar si la negativa de los candidatos presidenciales a asistir a los debates públicos, constituyen una vulneración al derecho fundamental de los ciudadanos a participar en la conformación del poder político consagrado en el artículo 40 de la Constitución Política. Así las cosas, esa corporación, luego de abordar el alcance y contenido de los derechos fundamentales en cuestión, determinó que: El derecho político de elegir y ser elegido no se limita únicamente a la posibilidad de postularse como candidato a una campaña y a ejercer el sufragio el día de elecciones. Este derecho fundamental lleva inmanente una prerrogativa a cargo de todos los ciudadanos de … Leer más
Las acciones populares se ejercen para evitar el daño contingente, hacer cesar el peligro, la… Leer más
El Tribunal Administrativo de Antioquia recordó sobre el término para efectuar la liquidación y el… Leer más
El Tribunal Superior de Cundinamarca, Sala Civil Familia, se pronunció sobre la capacidad económica del… Leer más
El Tribunal del Distrito Judicial de Antioquia, Sala de Restitución de tierras, se pronunció sobre… Leer más
El tribunal Superior de Antioquia, sala de restitución de tierras, accedió a la modulación de… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia AP264-2024 recordó la naturaleza del concepto de extradición… Leer más
Esta web usa cookies.