La distinguida Corte Constitucional, en providencia A121-2021, resolvió suspender, como medida cautelar, la orden del Tribunal de segunda instancia de realizar transfusiones de sangre a una joven de 17 años testigo de Jehová diagnosticada con leucemia linfoide aguda tipo B, que se negaba a recibirlas.
La joven presentó acción de tutela contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, por ordenar a sus médicos tratantes llevar a cabo todos los procedimientos que aseguraran su vida e integridad, incluyendo las transfusiones de sangre. Los jueces de primera y segunda instancia ampararon los derechos fundamentales a la vida digna, al libre desarrollo de la personalidad, a la libertad de conciencia, a la libertad de cultos y a la salud de la accionante, no obstante, el Tribunal de instancia ordenó realizar transfusiones en únicamente en caso de requerirse con extrema urgencia.
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