La Corte Suprema de Justicia Sala Civil en sentencia 14 de diciembre de 2000 Exp. 5388 M.P. Manuel Ardila Velásquez, ha señalado los cuatro presupuestos de la acción publiciana, que determinan un fallo estimativo de las pretensiones, a saber: Posesión regular del bien en cabeza del demandante. Posesión actual por el demandado. Identidad del bien poseído con el que es perseguido por el demandante. Cosa singular o cuota proindiviso en cosa singular como objeto del proceso. Para la Corte “La acción publiciana se la concede exclusivamente al poseedor regular de la cosa que se halla en el caso de poderla adquirir por prescripción ordinaria, y no a quien ya la ha adquirido por este modo originario, porque su relación se encuentra sujeta a lo preceptuado por el artículo 950 del mismo Código. Luego, lo preceptuado por el artículo 951 del … Leer más
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