El artículo 1914 del Código Civil colombiano señala lo siguiente:
“Se llama acción redhibitoria la que tiene el comprador para que se rescinda la venta o se rebaje proporcionalmente el precio por los vicios ocultos de la cosa vendida, raíz o mueble, llamados redhibitorios”
Son vicios redhibitorios los que reúnen las calidades siguientes:
Esta acción prescribe al año de la entrega del bien inmueble, salvo pacto en contrario (T-189-13). Y en seis meses para cosas muebles. El tiempo se contará desde la entrega real (art. 1923 Código Civil).
El artículo 934 del Código de Comercio señala lo siguiente:
“Si la cosa vendida presenta, con posterioridad a su entrega, vicios o defectos ocultos cuya causa sea anterior al contrato, ignorados sin culpa por el comprador, que hagan la cosa impropia para su natural destinación o para el fin previsto en el contrato, el comprador tendrá derecho a pedir la resolución del mismo o la rebaja del precio a justa tasación. Si el comprador opta por la resolución, deberá restituir la cosa al vendedor.
En uno u otro caso habrá lugar a indemnización de perjuicios por parte del vendedor, si este conocía o debía conocer al tiempo del contrato el vicio o el defecto de la cosa vendida.”
Esta acción prescribirá en 6 meses contados a partir de la entrega (art. 938 C. Comercio).
🔒 Acceso restringido
Para descargar los modelos, jurisprudencia, esquemas y resúmenes jurídicos, necesitas estar suscrito.
¿Aún no tienes membresía? Suscríbete ahora y accede a todo el contenido.
El Sistema de Seguridad Social Integral en Colombia, instaurado mediante la Ley 100 de 1993,… Leer más
📌 ¿Cuándo se tiene derecho a la pensión de sobrevivientes en Colombia? 🧾 ¿Qué es… Leer más
🧑💼 Derecho Laboral Corte Suprema de Justicia · Sala de Casación Laboral · Radicación n.°… Leer más
📌 ¿Qué es la Pensión Familiar y cómo funciona en Colombia? 📘 Concepto General La… Leer más
🧑💼 Derecho Laboral Corte Suprema de Justicia · Sala de Casación Laboral · Radicación n.°… Leer más
🧑💼 Derecho Laboral Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral · Sentencia SL912-2025 · M.P.… Leer más
Esta web usa cookies.