ACTO ADMINISTRATIVO COMPLEJO En auto de ponente del 30 de mayo de 2019, se definió el acto administrativo complejo como aquel que “resulta del concurso de voluntades de una misma entidad o de entidades distintas que se unen en una sola, de forma que haya unidad de contenido y unidad de fin en las diversas voluntades, así como que la serie de actos que lo integran no tengan existencia jurídica separada e independiente”. Así mismo, se establecieron como principales características de estos, las que siguen: i) En este acto resulta del concurso de voluntades de una misma entidad o entidades distintas que se unen en una sola. ii) En este acto Existe unidad de contenido de las diversas voluntades. iii) En el acto administrativo complejo existe unidad de fin de las diversas voluntades. iv) En el acto administrativo complejo, los … Leer más
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