SC4791-2020 PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ORDINARIA DE AERONAVE

SC4791-2020 PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ORDINARIA DE AERONAVE La prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones o derechos de los demás, por el transcurso del tiempo (art. 2512 C.C.), fenómeno que puede verse suspendido, interrumpido -de forma civil o natural- y renunciado. La suspensión se da por la existencia de una causal que impida el cómputo del lapso prescriptivo, consagrada en favor de ciertas personas que merecen protección especial, verbi gratia, los menores de edad, dementes, sordomudos y quienes estén bajo la patria potestad, tutela o curaduría, siempre y cuando el motivo perdure (art. 2541 ibídem). La interrupción civil ocurre, al tenor del inciso final del artículo 2539 de la misma obra, en razón a la persecución judicial, aunada al cumplimiento de los requisitos consagrados en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, que … Leer más

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T-259/20 Ordena al director de la Cárcel Distrital prohibir que los reclusos o visitantes sean tocadas en sus partes íntimas o que sean obligadas a desnudarse y a hacer sentadillas.

La Honorable corte Constitucional en sentencia T-259/20 impartió diferentes órdenes al director de la cárcel distrital, entre ellas tenemos: ORDENAR al director(a) de la Cárcel Distrital de Bogotá que tome de inmediato todas las medidas necesarias para evitar que los guardias de seguridad sometan a las personas privadas de la libertad y a los visitantes a tratos crueles, humillantes y degradantes. Entre otros tratos, el director(a) debe prohibir que las personas sean tocadas en sus partes íntimas o que sean obligadas a desnudarse y a hacer sentadillas. Que adquiera al menos un escáner corporal de rayos x que permita eliminar el contacto físico entre guardias y reclusos o visitantes durante las requisas. Para el efectivo cumplimiento de esta orden, la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia de la Alcaldía de Bogotá prestará al establecimiento carcelario toda la asistencia administrativa, presupuestal y … Leer más

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T-318/20 Los fondos de pensiones no pueden manifestar su incapacidad para gestionar la solicitud de pensión de vejez hasta que se tramite el recurso de casación

La Honorable Corte Constitucional en Sentencia T-318/20 Manifestó que los fondos de pensiones no pueden manifestar su incapacidad para gestionar la solicitud de pensión de vejez de su afiliado hasta que se tramite el recurso extraordinario de casación, dado que esta circunstancia generaría una vulneración de los derechos fundamentales al mínimo vital y a la seguridad social del actor por causas ajenas atribuible a él. Para la corte: “No es de recibo que la entidad accionada manifieste su imposibilidad para gestionar la solicitud de pensión de vejez de su afiliado hasta que no se surta el trámite del recurso extraordinario de casación; toda vez que, es incierto el plazo que le puede tomar a la Corte Suprema de Justicia para resolver el referido asunto; circunstancia esta que generaría una vulneración de los derechos fundamentales al mínimo vital y a la … Leer más

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STL10926-2020 nulidad del traslado del régimen de Prima Media.

La Honorable Corte Suprema de Justicia en Sentencia STL10926-2020 recordó que existe una reiterada jurisprudencia sobre la nulidad de los traslados de regímenes pensiónales. En tal orden, debe precisar que la sala laboral ha dejado clara su postura, al indicar que: “la elección de cualquiera de los dos regímenes pensionales existentes, debe estar precedida de una decisión libre y voluntaria, de suerte que las Administradoras de Pensiones tienen el deber de brindar a sus afiliados una asesoría que les permita tener los elementos de juicio suficientes para  advertir la trascendencia de la decisión tomada al momento del traslado, sin importar si la persona es o no beneficiaria del régimen de transición, si tiene o no un derecho consolidado, o si está próximo a pensionarse” En la sentencia en mención, la corte trajo a colación, la reciente sentencia CSJ SL1452-2019, en … Leer más

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El equipo capitalino no podrá usar la palabra “Santa fe” como marca personal.

El Consejo de Estado concluyo que, el signo nominativo SANTA FE solicitado por la parte demandante para identificar servicios de la Clase 41 de la Clasificación Internacional de Niza, se encuentra incurso en la causal de irregistrabilidad prevista en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486, comoquiera que se cumplen los requisitos de la causal en mención, al configurarse una identidad ortográfica y fonética con la marca mixta SANTAFE y, adicionalmente, al presentarse una relación de conexidad competitiva entre los servicios que cada uno de los signos distintivos identificaría en el mercado. Igualmente, la Sala considera que el argumento de coexistencia marcaría en el caso sub examine, no obsta para anular el riesgo de confusión que se genera por la identidad existente entre el signo y la marca cotejada, y la relación de conexidad competitiva existente entre … Leer más

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T-276/20 Deber de la persona que conoce la existencia de la investigación de informar sobre un lugar cierto donde le puedan comunicar los actos procesales

La Honorable Corte Constitucional en sentencia T-276/20 preciso que no existe violación del derecho fundamental de defensa, cuando la persona conoce la existencia de la investigación y no cumple con la carga de informar sobre un lugar cierto donde le puedan comunicar los actos procesales. En la sentencia en mención, la corte recordó los deberes de las partes e intervinientes dentro del proceso penal El Código de Procedimiento Penal señala, en el artículo 140, los deberes de las partes e intervinientes dentro del proceso penal, siendo el primero de ellos el de “proceder con lealtad y buena fe en todos sus actos”, por su parte, el numeral quinto del mismo articulado indica que las partes están en la obligación de “comunicar cualquier cambio de domicilio, residencia, lugar o dirección electrónica señalada para recibir las notificaciones o comunicaciones”. Estas cargas tienen como … Leer más

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T439/20 la UNP debe garantizar un esquema de protección con enfoque diferencial, idóneo para las particularidades del protegido y su entorno

La honorable Corte Constitucional T439/20 Ordeno a la Unidad Nacional de Protección que complete el esquema de protección asignado a un líder social, priorizando aquellos escoltas que tengan un perfil diferencial, acorde con la comunidad que representa y con disponibilidad para permanecer en la zona. De ser necesario, la Unidad Nacional de Protección deberá emprender las acciones correspondientes para que los requisitos de selección exigidos al personal de escolta tengan ajustes razonables y sean consecuentes con el enfoque diferencial que demanda este tipo de casos. También se pueden contemplar programas especiales de capacitación. En la sentencia en mención, la corte resalto que: “Uno de los principios rectores del programa de protección a cargo de la UNP es, justamente, el enfoque étnico, lo cual implica un análisis de las particularidades del protegido y su entorno, así como la implementación de medidas … Leer más

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T469-20 Corte ordena a la UNP realizar un nuevo estudio de riesgo a dos lideres sociales a los que se le había retirado el esquema de seguridad

La honorable Corte Constitucional en sentencia T469-20 ordeno a la UNP realizar un nuevo estudio de riesgo a dos líderes sociales a los que se le había retirado el esquema de seguridad, para lo cual deberá tener en cuenta los elementos de contexto en que se encuentran los solicitantes, y los patrones de victimización recientes contra los líderes sociales, especialmente contra los representantes étnicos y los defensores del Acuerdo de Paz. Además de lo anterior, la Corte en su decisión también ordeno lo siguiente: “A la Unidad Nacional de Protección preparar un reporte bimensual actualizado sobre los líderes y defensores de derechos humanos asesinados, de conformidad con los parámetros fijados en esta providencia. Este reporte deberá ser tenido en cuenta como insumo en las deliberaciones que adelante el Comité de Evaluación de Riesgos y Recomendación de Medidas (CERREM), y una … Leer más

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