👷 Corte Suprema define alcance de la notificación personal digital en procesos laborales

Sala de Casación Laboral · STL16151-2023 · 25 de octubre de 2023

📌 Resumen Exprés

  • ⚖️ Tema clave: Notificación personal digital en procesos laborales
  • 📜 Normas aplicadas: Ley 2213/2022, art. 301 CGP, art. 86 C.P.
  • 🧾 Pretensiones:
    • Anular autos que aceptaron una notificación extemporánea
    • Reconocer preclusión del término para contestar demanda
    • Negar validez de conducta concluyente como notificación personal
  • 🏁 Decisión: Se revoca el fallo de tutela y se niega el amparo
En la Sentencia STL16151-2023, la Corte Suprema de Justicia resolvió una controversia en torno a la validez de la notificación personal digital en procesos laborales, cuando la constancia electrónica no acredita con certeza la recepción del mensaje. El caso giró en torno a la actuación de un juzgado laboral que admitió como notificación personal un correo electrónico cuyo estado técnico aparecía como “Queued for delivery” (en cola de entrega), lo cual generó dudas sobre su entrega efectiva.

🔍 ¿Qué se debatía?

El accionante en tutela consideró que el juzgado vulneró su derecho al debido proceso al tener por notificadas a las empresas demandadas fuera del plazo legal para contestar la demanda, aceptando como válida una notificación electrónica que en realidad no fue recibida por los destinatarios. Según su argumento, la demanda no debió considerarse contestada, y la conducta concluyente posterior no podía subsanar el defecto.

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