La honorable Corte Suprema de Justicia, en sentencia AP1128-2022, precisó que la nulidad no es procedente contra actos de partes, sino contra las actuaciones del funcionario judicial. Esa corporación conoció del recurso de apelación en contra de la providencia que negó la nulidad planteada a partir de la audiencia de formulación de imputación de un proceso penal por los delito de prevaricato por acción agravado en concurso con tentativa de peculado por apropiación. La petición de nulidad del trámite fue soportada por la defensa sobre la base de afirmar que el juicio de imputación hecho por la Fiscalía no cumplió los parámetros establecidos en el art. 288 del Código de Procedimiento Penal, no obstante, la Corte sostuvo que La petición de nulidad formulada, en esos términos, se advierte manifiestamente inconducente, pues es claro que se dirige contra un acto procesal … Leer más
La Honorable Corte Suprema de Justicia en sentencia STC10279-2024 recordó que enviar el auto admisorio… Leer más
El Tribunal Superior de Buga resolvió la duda sobre si ¿al aprobar los inventarios y… Leer más
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo recordó los requisitos para… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2556-2024 recordó las diferencias entre un Contrato de… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2751-2024 se pronunció sobre el contrato de corretaje… Leer más
El tribunal Superior de Buga, Recordó sobre el pago de honorarios profesionales de abogado. Al… Leer más
Esta web usa cookies.