La atipicidad es la situación en la que un hecho o conducta no se ajusta a una descripción típica de un delito en la legislación. Esto significa que la conducta no se encuentra expresamente prohibida por la ley o no cumple con los requisitos esenciales para ser considerada un delito. Por lo tanto, no puede ser perseguida o sancionada por la justicia penal. La atipicidad puede ser de dos tipos: absoluta o relativa.
El juicio de tipicidad conduce a afirmar la congruencia típica por ostentarse los elementos objetivos y subjetivos del dogma penal. La atipicidad del comportamiento puede predicarse por la ausencia de los elementos objetivos o de los subjetivos, en el primero si faltare uno o varios de los elementos estructurales del tipo en el caso sometido a análisis; y en el segundo, si el agente, a pesar de haber realizado el aspecto objetivo del supuesto de hecho, no obra con el dolo, exigido y/o con los elementos subjetivos requeridos. (Auto Preclusión N.U.R. 150016000132201002857 2016-0403-01 Wilson Daniel Pamplona Porras)
🔒 Acceso restringido
Para leer el artículo completo y descargar la providencia, necesitas estar suscrito.
¿Aún no tienes membresía? Suscríbete ahora y accede a todo el contenido, incluyendo modelos, libros, esquemas, resúmenes jurídicos y jurisprudencia.
📜 Derecho Civil Tribunal Superior de Bogotá – Sala Primera Civil · Sentencia de apelación… Leer más
La sucesión por causa de muerte constituye el modo jurídico mediante el cual el conjunto… Leer más
El divorcio notarial, comúnmente llamado “divorcio exprés”, es un mecanismo legal en Colombia que permite… Leer más
La legislación colombiana contempla diversos mecanismos para la protección de aquellas personas que, por su… Leer más
El registro civil de nacimiento es el documento fundamental que acredita la existencia legal de… Leer más
La ausencia de una persona, entendida como la incertidumbre sobre su paradero y existencia, plantea… Leer más
Esta web usa cookies.