La honorable Corte Suprema de Justicia, en sentencia AP5298-2024, recordó los requisitos para que se concedan los beneficios administrativos. Al respecto dijo: El recurrente cuestiona que le hubiese sido negado el beneficio administrativo consistente en permiso hasta de 72 horas, para salir del establecimiento, sin vigilancia, por el hecho de haber sido acreedor de una sanción disciplinaria en el año 2019. En su criterio, negarle el beneficio por esa sanción es reconocer que aquellas impuestas al interior de los establecimientos carcelarios son imprescriptibles y, por tanto, solicita que se dé aplicación análoga al artículo 174 de la Ley 734 de 2002, en el que, según su entender, allí «se determina que para los eventos en que se pongan sanciones disciplinarias a los empleados públicos, los antecedentes disciplinarios tienen una vigencia de cinco (5) años En primer lugar, el legislador contempló … Leer más
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