La distinguida Corte Constitucional, en sentencia C233-2021, amplió el derecho a morir dignamente, cuando dos ciudadanos presentaron demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 106 de la Ley 599 de 2000, el cual establece el tipo penal denominado “homicidio por piedad.” En efecto, consideraron que la disposición demandada desconocía – entre otros— la prohibición de tratos crueles, inhumanos y degradantes, el libre desarrollo de la personalidad, la dignidad humana, así como la posibilidad de todas las personas enfermas que estén padeciendo de sufrimientos intensos y sin la posibilidad de alivio, de acceder efectivamente al derecho a morir dignamente. En este sentido, esa corporación, luego de estudiar la aptitud de la demanda y la competencia de la Corte, examinó la vulneración del derecho a la vida, la prohibición de tratos y penas crueles, inhumanas y degradantes y la libertad de expresión con … Leer más