Capacidad de las sociedades comerciales para realizar actos posesorios

La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC446-2023 recordó sobre la capacidad de las sociedades comerciales para realizar actos posesorios mediante su representante legal. Al respecto, la corte dijo: Las sociedades comerciales, como una clase de personas jurídicas, tienen una capacidad negocial determinada en el contrato social que las origina, específicamente en su objeto que debe enunciarse clara y concretamente en el contrato social, así como la identificación, atribuciones, facultades y límites de sus representantes (art. 98, 99 y 110-#4, 6 y 12- C.Co.). Si los representantes no están limitados por el contrato social, «obliga[n] a la sociedad en desarrollo de todos los negocios sociales», es decir, pueden «celebrar o ejecutar todos los actos y contratos comprendidos dentro del objeto social o que se relacionen directamente con la existencia y funcionamiento de la sociedad», amén de que «las limitaciones o … Leer más

Para acceder al contenido debes ser suscriptor y dar clic para iniciar sesión aquí log in
Si aun no estas suscrito, puedes adquirir nuestra Suscripción.

Procedimiento sancionatorio disciplinario partidos políticos

Los procedimientos sancionatorios disciplinarios aplicables al interior de los partidos políticos deben respetar las siguientes garantías fundamentales: (i) Tipicidad de las conductas sancionables y de las sanciones. (ii) Proporcionalidad de la sanción prevista frente a la conducta realizada. (iii) Presunción de inocencia. (iv) Ejercicio del derecho de defensa y de contradicción. (v) Facultad de impugnar la decisión sancionatoria. Naturaleza jurídica de la función sancionatoria de los partidos y movimientos políticos por inobservancia del régimen de bancada Los partidos pueden sancionar disciplinariamente a los servidores públicos que actúan como miembros de sus bancadas en las corporaciones públicas, en virtud de una competencia expresamente atribuida por el artículo 108 de la Constitución. Se trata de la asignación de una función de naturaleza sancionatoria de indudable carácter público, en cuanto tiene consecuencias en el ejercicio de cargos de elección popular y, por tanto, … Leer más

Para acceder al contenido debes ser suscriptor y dar clic para iniciar sesión aquí log in
Si aun no estas suscrito, puedes adquirir nuestra Suscripción.

Elementos que acreditan el despojo de tierras.

El Tribunal Superior del Distrito De Antioquía, Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras, recordó que para la configuración del despojo de tierras se deben tener acreditados tres elementos, a saber: i. El aprovechamiento de una situación de violencia. ii. La privación arbitraria de la propiedad, posesión u ocupación. iii. El acto generador, ya sea, de hecho, mediante negocio jurídico, acto administrativo, sentencia judicial, o la comisión de delitos asociados a la situación de violencia. LA TITULARIDAD DEL DERECHO A LA RESTITUCIÓN – El artículo 75 de la Ley 1448 de 2011 dispone que las personas que fueran propietarias o poseedoras de predios, o explotadoras de baldíos cuya propiedad se pretenda adquirir por adjudicación, que hayan sido despojadas de éstas o que se hayan visto obligadas a abandonarlas como consecuencia directa e indirecta de los hechos que configuren violaciones graves … Leer más

Para acceder al contenido debes ser suscriptor y dar clic para iniciar sesión aquí log in
Si aun no estas suscrito, puedes adquirir nuestra Suscripción.

Perfeccionamiento contrato arrendamiento de bienes rurales

La Corte Suprema de Justicia en Sentencia SC194-2023 se pronunció sobre el perfeccionamiento del contrato de arrendamiento de bienes rurales. El arrendamiento y su régimen jurídico. Conforme al artículo 1973 del Código Civil, «[e]l arrendamiento es un contrato en que las dos partes se obligan recíprocamente, la una a conceder el goce de una cosa, o a ejecutar una obra o prestar un servicio, y la otra a pagar por este goce, obra o servicio un precio determinado». Destáquese, de la definición legal, que el contratante se compromete, de forma temporal, a privarse de la detentación de una cosa, o de la disposición de su fuerza material o intelectual, en favor del arrendatario, quien lo compensará con el pago de una contraprestación. La norma «indica, que son de su esencia, de un lado, una cosa, cuyo uso o goce concede una … Leer más

Para acceder al contenido debes ser suscriptor y dar clic para iniciar sesión aquí log in
Si aun no estas suscrito, puedes adquirir nuestra Suscripción.

SC436-2023 Sobre la resolución del contrato

La Honorable Corte Suprema de Justicia en Sentencia SC436-2023 hizo un recuento jurisprudencial sobre la resolución del contrato, al respecto dijo: La resolución, como se sabe, rivaliza y se articula con otras acciones como la Ejecución forzosa y la Responsabilidad contractual -ya complementaria, ya compensatoria-. En efecto, el incumplimiento contractual ofrece al acreedor insatisfecho varios remedios: puede -de manera potestativareclamar el cumplimiento contractual, la resolución o la indemnización de perjuicios -autónoma o compensatoria-. También podría, al lado de la indemnización denominada complementaria, requerir el cumplimiento del contrato o su resolución. Así mismo, en las hipótesis de incumplimientos simultáneos y recíprocos, cualquiera de los contratantes podría solicitar la resolución del convenio -sin indemnización de perjuicios-. Por lo demás, en todos los casos, el remedio resolutivo reclama -para su viabilidad- incumplimientos trascendentes o relevantes -incumplimientos resolutorios-. Desde su hontanar se han ofrecido … Leer más

Para acceder al contenido debes ser suscriptor y dar clic para iniciar sesión aquí log in
Si aun no estas suscrito, puedes adquirir nuestra Suscripción.

STC1590/24 Eventos en que procede la tutela contra tutela.

La Corte Suprema de Justicia en Sentencia STC1590 DEL 2024 Recordó los eventos en los que procede la tutela contra tutela. Al respecto, dijo: solamente es factible el examen de estas cuando: «Se omite la integración del contradictorio o la notificación de las personas con interés jurídico para intervenir», ya que, de otro modo, «se abriría la puerta a una espiral infinita de acciones de la misma naturaleza que tornaría eterna la definición del primer fallo» (STC4822-2023). Excepcionalmente, la Guardiana de la Carta Política acepta «acciones» como la que ahora ocupa la atención de esta Corporación, cuando las resoluciones adoptadas en la salvaguarda son producto de un «fraude» o si se discuten «actuaciones anteriores o posteriores» a esa directriz, lesivas del «debido proceso» (SU-627 de 2015). Si la sentencia de tutela ha sido proferida por otro juez o tribunal de … Leer más

Para acceder al contenido debes ser suscriptor y dar clic para iniciar sesión aquí log in
Si aun no estas suscrito, puedes adquirir nuestra Suscripción.

Las AFP están obligadas a entregar información clara, suficiente y oportuna

La Corte Suprema de Justicia, en sentencia SL218-2024, reitero la doctrina que establece que Las AFP están obligadas a entregar información clara, suficiente y oportuna sobre las particularidades de los regímenes de ahorro individual y prima media, y las implicaciones de pasar del segundo al primero. Al respecto recordó: Una vez más, la Sala reitera su doctrina de que las AFP están obligadas a entregar información clara, suficiente y oportuna sobre las particularidades de los regímenes de ahorro individual y prima media, y las implicaciones de pasar del segundo al primero. Así mismo, que dichas entidades deben probar que asesoraron de manera oportuna, cierta y veraz al afiliado que pretende pasar de un esquema a otro. Profusamente, ha reiterado que, en tanto desprovisto de conocimiento sobre el funcionamiento del sistema y en desventaja probatoria, el afiliado es la parte débil … Leer más

Para acceder al contenido debes ser suscriptor y dar clic para iniciar sesión aquí log in
Si aun no estas suscrito, puedes adquirir nuestra Suscripción.

¿Quiénes están obligados a comparecer físicamente a la audiencia presencial?

La honorable Corte Suprema de Justicia en Sentencia STC642-2024 resolvió la duda sobre ¿Quiénes están obligados a comparecer físicamente a la audiencia presencial? Al respecto dijo: El canon 7º de lal ley 2213 del 2022 dispone que «[l]a presencia física en la sede del juzgado de conocimiento solo será exigible al sujeto de prueba, a quien requirió la práctica presencial y al juez de conocimiento», mientras que «los abogados reconocidos, las partes que no deban declarar, los terceros e intervinientes especiales y demás sujetos del proceso» podrán asistir físicamente si así lo estiman o «podrán concurrir de manera virtual», desde luego, cuando esta posibilidad esté presente. En este orden, la Ley 2213 de 2022 es totalmente clara en cuanto a que las audiencias judiciales en procesos civiles deben tener lugar a través de herramientas tecnológicas, telemáticas y telefónicas, mientras que … Leer más

Para acceder al contenido debes ser suscriptor y dar clic para iniciar sesión aquí log in
Si aun no estas suscrito, puedes adquirir nuestra Suscripción.

ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL Y DESAHUCIO

El Tribunal Superior del Medellín, recordó lo que ha dicho de antaño la Corte Suprema de Justicia sobre la figura del arrendamiento de local comercial y el desahucio. El artículo 518 del Código de Comercio establece en favor del comerciante arrendatario que haya ocupado el local durante dos años por lo menos el derecho a la renovación del contrato. Dispone también ese texto legal que el mencionado derecho desaparece en los siguientes casos: Cuando el arrendatario haya incumplido el contrato. Cuando el propietario necesite los inmuebles para su propia habitación o para un establecimiento suyo destinado a una empresa sustancialmente distinta a la que tuviere el arrendatario. Cuando el inmueble debe ser reconstruido, o reparado con obras necesarias que no puedan ejecutarse sin la entrega o desocupación, o demolido por su estado de ruina para la construcción de una obra … Leer más

Para acceder al contenido debes ser suscriptor y dar clic para iniciar sesión aquí log in
Si aun no estas suscrito, puedes adquirir nuestra Suscripción.