MINUTA DE ENGLOBE DE INMUEBLES

MINUTA DE ENGLOBE DE INMUEBLES Englobe: Acto mediante el cual el propietario o propietarios de inmuebles colindantes deciden unirlos para formar uno solo globo, formando un predio independiente a los dos unidos. Para elaborar la escritura de compraventa el interesado debe realizar una solicitud ante notaria con la siguiente información: 1.  Datos del propietario del inmueble: nombre completo, número de identificación, domicilio y estado civil. 2.  Datos completos de los predios colindantes: ubicación, área, linderos, matrícula inmobiliaria, cédula catastral y tradición del inmueble. 3.  Ubicación, área y linderos del inmueble resultante del englobe. Requisitos documentales: 1.  Fotocopia del documento de identidad del propietario del predio 2.  Paz y salvos predial y de valorización (según el municipio) 3.  Certificado de libertad y tradición 4.  Escritura pública antecedente 5.  Si el usuario quiere, allegar plano del globo resultante Requisitos adicionales excepcionales: Si … Leer más

Para acceder al contenido debes ser suscriptor y dar clic para iniciar sesión aquí log in
Si aun no estas suscrito, puedes adquirir nuestra Suscripción.

MINUTA VENTA DE GANANCIALES Y DERECHO HERENCIALES

MINUTA VENTA GANANCIALES Y DERECHO HERENCIALES La venta de un derecho de herencia es el acto por el cual el titular transfiere a otro, heredero o tercero, los derechos que le correspondan en una sucesión. El heredero tiene un derecho de herencia que recae sobre la universalidad jurídica integrada por el patrimonio del causante. Sin embargo, es frecuente que un heredero ceda a un tercero, no su derecho de herencia como cuota sobre la universalidad, sino los derechos que como heredero le puedan corresponder en un bien específico de la sucesión. La venta derechos herenciales es una compraventa, por lo tanto, goza de todas las características de este negocio jurídico, a saber: es un contrato solemne que, como tal, requiere de escritura pública es aleatorio, pues, por anticipado, no se sabe qué beneficio recibirá el cesionario y además el contador–partidor … Leer más

Para acceder al contenido debes ser suscriptor y dar clic para iniciar sesión aquí log in
Si aun no estas suscrito, puedes adquirir nuestra Suscripción.

MODELO SOLICITUD NOTARIAL DE PARTICIÓN DEL PATRIMONIO EN VIDA CON DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL

El Código General del Proceso regula la Partición del patrimonio en Vida en la Sección Tercera, Capítulo IV, en el Parágrafo de su art. 487, Ley 1564 de 2012, que hace referencia al trámite de las sucesiones. Esta figura faculta a aquellas personas que desean adelantar sucesiones en vida, con el fin de evitar conflictos entre los hijos, o herederos que correspondan legalmente en caso de no existir estos, o evitarles un proceso de sucesión que, en muchos casos, se vuelve engorroso para los interesados; testamentos, constitución de sociedades, fiducias, o cualquier negocio jurídico simulado con el que pretendían esconder el verdadero interés de repartir en vida sus patrimonios, y resultaba perjudicando intereses de terceras personas. La Corte Constitucional, mediante Sentencia C-683 de 2014, declaró exequible el parágrafo anteriormente citado, donde se autoriza la partición de bienes en vida, elevada a Escritura … Leer más

Para acceder al contenido debes ser suscriptor y dar clic para iniciar sesión aquí log in
Si aun no estas suscrito, puedes adquirir nuestra Suscripción.