Miguel lleva 10 años viviendo en un predio rural, sembrando naranjas, pagando impuestos, servicios y cuidando la tierra como si fuera el dueño. Este comportamiento constante y público puede permitirle convertirse formalmente en propietario mediante un proceso legal llamado proceso de pertenencia.
Sí, cuando el valor del inmueble supera los 40 SMMLV. Si es menor, podrá hacerlo directamente sin abogado.
📚 Normatividad aplicable:
• Código Civil, artículos 2518 y siguientes (prescripción adquisitiva).
• Código General del Proceso, artículo 375 (procesos de pertenencia).
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