En la sentencia SU-304 de 2024, la Corte Constitucional resolvió de manera conjunta dos tutelas interpuestas por trabajadores en condición de debilidad manifiesta despedidos sin autorización del Ministerio de Trabajo. En ambos casos, los jueces ordinarios (incluida la Corte Suprema) habían negado la protección invocando ausencia de dictamen de pérdida de capacidad laboral superior al 15%.
La Corte Constitucional corrigió este enfoque y reiteró que el goce de la estabilidad laboral reforzada no depende de un porcentaje técnico de invalidez, sino de que exista una condición de salud que afecte de forma significativa la capacidad laboral. Además, reafirmó que el despido sin autorización en tales condiciones se presume discriminatorio.
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