La Corte Constitucional resolvió una tutela interpuesta por una persona con epilepsia crónica, cuya pensión de invalidez fue suspendida por Colpensiones tras una nueva calificación en 2022 que modificó la fecha de estructuración de la pérdida de capacidad laboral, ignorando un dictamen previo que fijaba dicha fecha desde 2008 con un PCL superior al 50%.
Durante más de 14 años, el accionante recibió su mesada sin interrupciones, hasta que Colpensiones aplicó el nuevo dictamen y dejó de pagar sin brindar una motivación válida ni garantizar el debido proceso. Además, omitió responder de fondo una petición presentada por el ciudadano para corregir su historia laboral.
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