📜 Derecho Civil
Tribunal Superior de Bogotá – Sala Primera Civil · Sentencia de apelación · 19 may 2025 · Rad. 11001-31-03-047-2021-00380-02
📝 Respuesta rápida
- Acción: responsabilidad civil extracontractual por muerte de acompañante en volcamiento de camión.
- Demandadas: empresa transportadora propietaria y aseguradora de la póliza de RCE.
- Puntos clave: ineficacia de exclusiones que no figuran “a partir de la primera página”; presunción de culpa por actividad peligrosa.
- ¿Está cubierto? Sí. La muerte del ayudante entra en el amparo de responsabilidad civil extracontractual.
- ¿Por qué? La exclusión que pretendía excluir a “empleados y ayudantes” no se destacó desde la primera página (Ley 45/1990, art. 44) → se considera no escrita.
- Efecto: aseguradora y transportadora condenadas solidariamente; se pagarán $20 millones por daño moral a cada hermano de la víctima.
El Tribunal confirmó que el siniestro fue causado por la conducción imprudente del camión de carga: el conductor perdió control en una curva señalizada y el vehículo ardió en llamas, provocando el fallecimiento de su acompañante. La propietaria responde como guardiana del automotor en virtud del artículo 2356 CC, pues no acreditó fuerza mayor ni culpa exclusiva de la víctima.
La cuestión jurídica central era si la póliza “Auto Pesado – Responsabilidad civil extracontractual” cubría la muerte del acompañante (ayudante) del camión siniestrado. La aseguradora alegó una cláusula de exclusión para lesiones de ayudantes del conductor.
El Tribunal revisó la póliza «Auto Pesado» y halló que las exclusiones —entre ellas, la de lesiones a ayudantes del conductor— aparecían recién en la página 11 y en letra regular. Al no cumplir el artículo 44 de la Ley 45/1990 (exclusiones destacadas “a partir de la primera página”), la cláusula se tuvo por no escrita. Se afectó, entonces, el amparo de responsabilidad civil extracontractual hasta el límite asegurado, previa deducción del deducible pactado
🔒 Acceso restringido
Para leer el artículo completo y descargar materiales adicionales, necesitas suscripción.
Descubre más desde GMH ABOGADOS
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.