Decreto 1429 del 2020 DECRETA: ARTÍCULO 1.- Adicionar un capítulo 5 al Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1069 de 2015, Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, el cual quedará así: Capítulo 5 DE LA FORMALIZACIÓN DE LOS ACUERDOS DE APOYO Y DIRECTIVAS ANTICIPADAS ANTE CENTROS DE CONCILIACIÓN Y NOTARIOS SECCIÓN 1 DISPOSICIONES GENERALES Artículo 2.2.4.5.1.1 Objeto. El presente Capítulo tiene por objeto reglamentar el Trámite ante Centros de Conciliación y notarios para la formalización de acuerdos de apoyo y directivas anticipadas, de acuerdo con lo establecido en la Ley 1996 de 2019. Artículo 2.2.4.5.1.2. Ámbito de aplicación. las disposiciones establecidas en el presente capítulo serán observadas por los Centros de Conciliación, los conciliadores extrajudiciales en derecho inscritos ante ellos y los Notarios. SECCIÓN 2 DE LA FORMALIZACIÓN DE ACUERDOS DE APOYO … Leer más
El Tribunal Superior de Buga resolvió la duda sobre si ¿al aprobar los inventarios y… Leer más
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo recordó los requisitos para… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2556-2024 recordó las diferencias entre un Contrato de… Leer más
La Corte Suprema de Justicia en sentencia SC2751-2024 se pronunció sobre el contrato de corretaje… Leer más
El tribunal Superior de Buga, Recordó sobre el pago de honorarios profesionales de abogado. Al… Leer más
La Honorable Corte Constitucional recordó la forma como se debe hacer la valoración, la prueba… Leer más
Esta web usa cookies.